En el marco de los fines del Estado venezolano expresados en el artículo 3 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en el cual se establece:
La Misión José Félix Ribas asume a la Educación y al Trabajo como procesos fundamentales para el logro de dichos fines integrándose como un todo a la Educación Bolivariana para el Desarrollo Endógeno soberano la cual emerge de las experiencias transformadoras que se impulsan en el proceso revolucionario de Refundación de la República: misiones educativas Robinson, Ribas, Sucre; Simoncito, Escuelas Bolivarianas, Liceo Bolivariano, Escuelas Técnicas Robinsonianas, Universidad Bolivariana, en el marco de los fines de la Educación en la República Bolivariana de Venezuela expresados en el artículo 102 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:
En Octubre del año 2003, se crea la Comisión Presidencial de participación comunitaria para el Plan Extraordinario Misión José Félix Ribas coordinada por el Ministerio de Energía y Minas (decreto 2656) y el 17 de Noviembre del año 2003 se inicia este plan el cual es reconocido legalmente por el Estado Docente de la República Bolivariana de Venezuela en la siguiente Resolución:
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES
DESPACHO DEL MINISTRO
RESOLUCIÓN Nº 47
CARACAS, 09 DE JUNIO DE 2004
AÑOS 194º Y 145º
En conformidad con lo dispuesto en los artículos 16,64,66 y 107 de la Ley Orgánica de Educación, en concordancia con el artículo 125 de su Reglamento General,
CONSIDERANDO
Que en el marco de la política social contenida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, orientada principalmente a erradicar la exclusión social, la educación constituye un elemento determinante como principio articulador del proceso de transformación social, estrechamente vinculado al trabajo, desarrollado conforme a las aptitudes y aspiraciones del ser humano, dentro de las exigencias del interés local, regional y nacional,
CONSIDERANDO
Que mediante Decreto Nº 2.656 de fecha 16 de octubre de 2003, publicado en la Gaceta Oficial Nº 37.798 de la misma fecha, se creó la Comisión Presidencial de Participación Comunitaria que tiene por finalidad el estudio, formación, coordinación, seguimiento y evaluación del Plan Extraordinario José Félix Ribas, denominado “Misión Ribas”, con el objeto de potenciar la energía interinstitucional y la participación comunitaria en la resolución de la problemática educativa, para generar nuevos espacios y modalidades de estudios convencionales y no convencionales, y a objeto de viabilizar el desarrollo del mismo y asegurar su efectividad y la correspondiente acreditación de estudios,
CONSIDERANDO
Que la concepción holística del ser humano en desarrollo exige la articulación y continuidad curricular y pedagógica entre cada uno de los niveles del sistema educativo incluyendo todas las modalidades, permitiendo el fortalecimiento de cada educando(a) como persona y el conocimiento de sus propias capacidades y competencias.
CONSIDERANDO
Que la educación es un conjunto orgánico integrador de políticas y servicios que conforman un factor primordial del desarrollo nacional, considerado como una función indeclinable del Estado, en el cual el Ministerio de Educación y Deportes es el órgano competente del Ejecutivo Nacional para todo cuanto se refiere al sistema educativo, lo cual incluye realizar todas las actuaciones dirigidas a la revisión y actualización del régimen de estudios de los distintos niveles y modalidades, a fin de ajustarlo a la realidad socio – laboral y a los nuevos conocimientos y orientaciones surgidos en los campos científico, humanístico, técnico y pedagógico,
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Implementar con carácter experimental el Plan Extraordinario José Félix Ribas, denominado “MISIÓN RIBAS”, a fin de garantizar la continuidad de estudios a aquellos(as) que no han logrado ingresar o culminar sus estudios desde la tercera etapa del nivel de educación básica, hasta el nivel de educación media diversificada y profesional.
ARTÍCULO 2º. El Plan Extraordinario “MISIÓN RIBAS” constituye un proceso educativo de formación integral, participativo e interactivo en el cual se desarrollan asignaturas integradas por áreas del conocimiento, administradas en dos (2) niveles académicos de dos (2) semestres cada uno. El primer nivel académico con una duración de treinta y dos (32) semanas, distribuidos en dieciséis (16) semanas cada semestre. El segundo nivel académico con una duración de cuarenta (40) semanas, distribuidos en veinte (20) semanas cada semestre.
ARTÍCULO 3º. La estrategia metodológica utilizada en el Plan Extraordinario “Misión Ribas” consiste en vídeo clases con un(a) facilitador(a) por grupo, quien integra conjuntamente con los(as) participantes las diferentes áreas del conocimiento, a través del trabajo cooperativo.
ARTICULO 4º. Incorporar en el Plan Extraordinario “Misión Ribas” con carácter obligatorio, los principios del ideario bolivariano; la economía social solidaria; el valor del trabajo; la convivencia; la interculturalidad; la integración latinoamericana; el idioma castellano; el idioma propio de cada pueblo indígena en la educación intercultural bilingüe; la historia y geografía local, regional y nacional; la educación ambiental; la educación en valores; la participación ciudadana y la práctica de los derechos y deberes constitucionales; así como el conocimiento del espacio local y regional a través de la indagación de los contextos social, cultural, ambiental, político, geográfico, histórico, territorial y económico, con el fin de contribuir a la construcción de propuestas y proyectos comunitarios y socio- laborales para el desarrollo endógeno local y regional con visión nacional.
ARTÍCULO 5º. La evaluación del Plan Extraordinario “Misión Ribas” será un proceso continuo, integral, cooperativo, participativo y de carácter humanista, centrado en el desarrollo y seguimiento de las competencias en el conocer, hacer ser y convivir, con proceso exploratorio, formativo y sumativo cuali –cuantitativo, a través de la autoevaluación, coevaluación y heteroevaluación.
ARTÍCULO 6º. El logro de las competencias exigidas en el Plan Extraordinario José Félix Ribas, denominado “Misión Ribas”, dará lugar al otorgamiento de título de Bachiller, que garantizará al participante la prosecución de estudios a nivel superior.
ARTÍCULO 7º. Lo no previsto en la presente Resolución será resuelto por el Ministerio de Educación y Deportes.
Comuníquese y Publíquese
Aristóbulo Istúriz
Ministro de Educación y Deportes